Miranda se acogió al régimen de jubilación anticipada que promoción Montiel a través del decreto N° 3.230 del Poder Ejecutivo. Pero aquella norma fue luego modificada por la Legislatura, que puso algunas limitaciones. La gestión del ex gobernador Jorge Busti consideró lesivas, entre otras, la jubilación a la que accedió el ex funcionario del Tribunal de Cuentas. Aunque el planteo en la Justicia tardó en presentarse.Recién se concretó hace menos de un mes. La Fiscalía de Estado presentó un recurso en la Justicia para que se declare lesivo el beneficio otorgado a Miranda con el argumento de que es “ilegítimo y contrario a lo legislado”. También solicita la devolución de los emolumentos jubilatorios percibidos por este acogimiento. Pero Miranda afirmó que no tuvo acceso a la presentación hecha en la Justicia por la Fiscalía de Estado. Sin embargo estimó que “su contenido debe ser muy similar al decreto con el cual se declaró la lesividad del decreto de otorgamiento de la jubilación” En este sentido, sostuvo que, en ese decreto, la Fiscalía argumentaba que “no se respetaba el espíritu y la finalidad del régimen”. Miranda sostiene que este “espíritu y finalidad del régimen se plasmó en el texto de la normativa y en la aplicación concreta que hicieron las autoridades competentes” que otorgaron su jubilación. “Nadie más conocedor de la finalidad del régimen que la persona que concedió un beneficio dentro de ese régimen”, agregó. “El mismo gobierno de la Provincia no puede decir que no se respeto el espíritu y la finalidad del régimen, cuando fue la misma persona que firmó el decreto que establecía el régimen la que firmó el decreto que otorgaba mi jubilación”, afirmó el contador. En la presentación de Fiscalía, también se solicita la devolución de los emolumentos jubilatorios percibidos por el ex vocal a partir del acogimiento al régimen. A este respecto, Miranda consideró que son dos cuestiones diferentes que tendrá que dirimir el Superior Tribunal de Justicia. Uno es el de definir si el decreto de otorgamiento de su jubilación fue lesivo o no, y el otro el que atañe al pedido de evolución del dinero. Miranda señaló: “No me cabe ninguna duda de que se tomará en consideración que actué de buena fe cuando solicité el beneficio, se siguió paso a paso todo lo que estaba previsto en la legislación, no introduje ninguna documentación falsificada o conseguida de favor”. Consideró también que “esos emolumentos tienen un carácter alimenticio”. “Fue el haber jubilatorio que fui consumiendo como cualquier persona lo hace”, agregó. A su criterio, “hay ciertos requisitos que hacen que no corresponda la devolución de haberes”, afirmó.



