
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Feria(enero 2021), presidido por el vocal Bernardo Ignacio Salduna e integrado porlos vocales en feria Manuel Marfil y Marcelo Baridón, ante comunicaciónefectuada por la Fiscalía de Estado de la provincia de Entre Ríos, resolvióordenar a la Contaduría General del Poder Judicial, en el marco de susincumbencias y alcances, el cumplimiento inmediato y efectivo de la medida cautelardispuesta en autos “Asociación judicial de ER (AJER) c/Superior Gobierno deEntre Ríos – Acción de inconstitucionalidad” por el juez a cargo del Juzgado de1º Instancia Civil y Comercial Nº 9 de Paraná, Ángel Moia.
La medida ordena la suspensión de lo dispuesto enlos arts. 4º, 6º y 10º de la Ley 10.806, conocida como Ley de Emergencia,respecto de los haberes del personal del Poder Judicial de Entre Ríos.
De este modo se ordena la no aplicación en nuestraprovincia de incrementos dispuestos por la Corte Suprema de Justicia para elPoder Judicial de la Nación.
Es decir que la Contaduría del Poder Judicial deEntre Ríos, debe efectuar la liquidación de haberes correspondiente a enero del2021, en forma integral, sin los descuentos ni limitaciones contemplados en lanorma referida.
En cuanto la acción judicial, ha sido promovida porAJER que nuclea solamente a empleados, la medida dispuesta en cumplimiento dela orden judicial, no abarca a magistrados y funcionarios de la Justiciaentrerriana.
Y atento la tramitación de un recurso interpuestopor Fiscalía de Estado, reviste carácter provisorio, hasta la resolucióndefinitiva del mismo.
Fuente: Diario Uno.




