Viernes, 24 de octubre de 2025   |   Campo

El Gobierno endureció controles para erradicar una importante enfermedad endémica en porcinos

El Gobierno endureció controles para erradicar una importante enfermedad endémica en porcinos

El Gobierno, a través de la resolución 810/2025 del Senasa, presentó un plan nacional de control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky, en reemplazo del que estaba vigente desde el 2009. Indicaron que el nuevo marco normativo se aplicará “en todo el territorio nacional” y alcanzará “particularmente a los establecimientos de porcinos domésticos con fines pecuarios, independientemente de la escala de producción”. La medida endurece las restricciones de movimientos para garantizar la sanidad del ganado.

En detalle, señala la resolución, el Senasa impulsó una profunda renovación de la estrategia de sanidad porcina del país. La decisión responde a la necesidad de actualizar los métodos de prevención y control de esta enfermedad infecciosa, dado que la normativa anterior databa de 2009.

La enfermedad de Aujeszky resulta central para el sector. El virus provoca “grandes pérdidas económicas” en la producción porcina, afectando directamente por “fallas reproductivas, la muerte de lechones” y la disminución en la ganancia de peso.

Además del impacto productivo, la presencia del virus provoca “restricciones a los movimientos de animales y al comercio, impuestas por la normativa sanitaria nacional e internacional”. Gza. Aldolfo Franke

Además del impacto productivo, la presencia del virus causa “restricciones a los movimientos de animales y al comercio, impuestas por la normativa sanitaria nacional e internacional”.

El marco legal que ampara estas acciones es la ley N° 27.233, que “declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales”, designando al Senasa como autoridad de aplicación.

La necesidad de un plan actualizado quedó evidenciada tras los brotes “oficialmente diagnosticados desde octubre de 2023 en distintos establecimientos porcinos de gran escala, tecnificados e integrados”. Esos eventos mostraron que, incluso en predios con estrictas medidas de bioseguridad, el riesgo de ingreso y propagación de la enfermedad se incrementó.

También conocida como pseudorrabia, es una infección causada por el Herpes virus suino tipo 1 (SuHV-1). Si bien el porcino es su huésped natural y puede sobrevivir a la infección, es mortal para otras especies. El virus “afecta a muchas especies de mamíferos domésticos y silvestres, como perros, gatos, bovinos, ovinos y nutrias, siendo en todos ellos de resolución mortal”.

Ahora la clasificación de predios pasó a ser prioritaria y se extiende a “los establecimientos que posean menos de 100 animales de la categoría cerdas”; la resolución establece tres clasificaciones sanitarias principales: establecimiento libre, establecimiento bajo vigilancia y establecimiento infectado

Indicaron que las fallas en la bioseguridad, como la falta de limpieza de camiones y el uso de equipos compartidos, son vías clave para el ingreso del virus. La transmisión puede ocurrir por contacto directo, indirecto (fómites) o por vía aerógena.

Una de las grandes novedades es la extensión de la clasificación sanitaria a explotaciones de menor tamaño. Previamente, la obligación se centraba en grandes establecimientos. Ahora, la clasificación de predios es prioritaria y se extiende a “los establecimientos que posean menos de 100 animales de la categoría cerdas”. La resolución establece tres clasificaciones sanitarias principales: establecimiento libre, establecimiento bajo vigilancia y establecimiento infectado.

Para ser certificado como Establecimiento Libre de la Enfermedad de Aujeszky, se exige que no haya habido signos clínicos ni diagnósticos positivos durante más de doce meses. Además, no debe haberse vacunado en ese mismo período, y los animales vacunados previamente deben estar exentos de anticuerpos contra la proteína viral gE.

En concordancia con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), la frecuencia de vigilancia para mantener la certificación se incrementó. Ahora, “se debe efectuar una nueva prueba serológica cada cuatro meses”, mientras que antes se realizaba cada seis meses.

La certificación Libre es obligatoria para establecimientos de genética, cabañas y aquellos con más de 100 reproductores (cerdas y padrillos). Para el resto, es voluntaria.

Todo establecimiento porcino que no esté certificado como libre debe estar Bajo Vigilancia de la enfermedad, condición “necesaria para realizar movimientos de porcinos”. Bajo esta categoría, se debe realizar una prueba serológica cada SEIS (6) meses.

Si se confirma la infección, el establecimiento es declarado Establecimiento Infectado. Inmediatamente, el predio “quedará bloqueado para la emisión de todo movimiento de ingreso y egreso, hasta la presentación de un plan de saneamiento”.

El productor, con el asesoramiento de su veterinario acreditado, debe presentar ante el Senasa un “plan de saneamiento de la Enfermedad de Aujeszky”, cuyo plazo máximo de presentación es de 30 días corridos desde la confirmación.

La estrategia principal de saneamiento es la “eliminación de animales infectados detectados por pruebas de laboratorio”, la cual puede ser complementada con vacunación. Una vez presentado el plan, el establecimiento recupera la posibilidad de realizar movimientos “a faena”.

Aquellos que incumplen las medidas sanitarias o carecen de estatus sanitario pueden ser declarados Establecimientos de Alto Riesgo Sanitario. Esta declaración es severa: implica el envío de todos los porcinos sin signos clínicos “a faena dentro de 30 días corridos” hasta el despoblamiento total.

La movilización de porcinos queda supeditada a la clasificación epidemiológica. Los Establecimientos Libres tienen permitidos “todos los destinos”.

En contraste, los establecimientos Bajo Vigilancia tienen permitido el destino a faena, a establecimientos IPPA (Invernador Porcino con Protección contra la Enfermedad de Aujeszky) y a otros establecimientos bajo vigilancia.

Los establecimientos Sin Clasificación son los más afectados: tendrán “restringidos los movimientos de ingreso y/o egreso de porcinos, incluidos los de destino a faena”. En caso de detectarse porcinos con serología positiva, el “único movimiento permitido” es solo destino a faena.

La norma crea la figura del Establecimiento Invernador Porcino con Protección contra la Enfermedad de Aujeszky (IPPA), explotaciones dedicadas al engorde o inverné. Los IPPA deben contar con corrales de aislamiento obligatorios para el ingreso de porcinos, “retirados del resto de las instalaciones, a una distancia mínima de 50 metros”. Los porcinos que ingresan a un IPPA deben ser vacunados con una “Vacunación Protectora contra la Enfermedad de Aujeszky” durante su período de aislamiento de 14 días corridos. Los únicos destinos permitidos para los animales que salen de un IPPA son “faena u otro establecimiento IPPA”.

En tanto, el Senasa autoriza únicamente vacunas que permitan la “Diferenciación entre Animales Infectados y Vacunados (estrategia DIVA)”. Por ello, las vacunas autorizadas “no poseen la glicoproteína gE de la envoltura del virus, lo que permite la diferenciación entre animales vacunados e infectados”. La vacunación de saneamiento o protectora “se encuentran limitados exclusivamente a los establecimientos porcinos autorizados por el Senasa”.

Para garantizar la integridad del sistema, se exige que “el veterinario acreditado y el analista del laboratorio de la Redlab habilitado para el diagnóstico de la enfermedad de Aujeszky no podrán ser la misma persona”.

Por último, el nuevo plan exige que toda autoridad o persona responsable de cualquier establecimiento porcino está “obligada a notificar en forma inmediata al Senasa” ante la detección de “signos compatibles con la enfermedad de Aujeszky, o tenga conocimiento directo o indirecto de su aparición”.

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