Jueves, 11 de septiembre de 2025   |   Nacionales

El fiscal Ramiro González solicita la exclusión de Cristina Kirchner del padrón electoral para las elecciones de octubre

El planteo se basa en la condena de la causa Vialidad y busca revertir el fallo de una jueza de Santa Cruz que le había permitido sufragar en las legislativas del 26 de octubre.
El fiscal Ramiro González solicita la exclusión de Cristina Kirchner del padrón electoral para las elecciones de octubre

El fiscal nacional electoral Ramiro González solicitó, el jueves 11 de septiembre, que Cristina Kirchner sea excluida del padrón electoral debido a la condena que recibió en la causa “Vialidad”. Con esto, el magistrado busca invalidar un fallo de una jueza de Santa Cruz, donde reside la máxima referente K, que declaró inconstitucional la privación del derecho al voto para la expresidenta, impidiéndole, de este modo, participar en los comicios programados para el próximo 26 de octubre.

Los jueces Daniel Bejas, Santiago Hernán Corcuera y Alberto Ricardo Dalla Vía serán los encargados de decidir si la expresidenta puede votar o no.

González fundamentó su solicitud en el caso de Juan Carlos Villafañe, extitular de Vialidad en Santa Cruz, quien fue condenado en la misma causa que CFK. Se argumenta que, hasta que el poder Legislativo no apruebe las leyes pertinentes para determinar el tratamiento de estas situaciones específicas, sigue vigente la prohibición de votar y la eliminación del padrón de aquellas personas con condenas firmes.

fiscal ramiro gonzalez 11122024
Fiscal Ramiro González

Con este argumento, pidió no aceptar lo resuelto el 18 de julio por la jueza federal subrogante de Rio Gallegos, Mariel Borruto, quien declaró inconstitucionales los artículos 19 y 12 del Código Penal y el artículo 3 inciso e del Código Nacional Electoral, los cuales “prevén la privación automática del derecho a votar de los condenados a pena privativa de libertad”.

Como base para su decisión, la magistrada citó la causa “Zelaya”, en la que la Cámara Federal de Casación determinó que esos artículos “violan derechos fundamentales, como el derecho al voto, la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización”. En este caso, se permitió el voto a un hombre condenado a prisión domiciliaria por 6 años e inhabilitación por tenencia de estupefacientes.

Otro precedente utilizado por la jueza fue la causa “Orazi”, donde la Corte Suprema declaró inconstitucional la prohibición automática del voto a personas condenadas, ordenando al Congreso Nacional que promulgue leyes que garanticen ese derecho electoral a los presos. En relación a este tema, Borruto indicó: “Privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, sin perder de vista que las normas cuestionadas no satisfacen los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Por otro lado, el Código Penal establece que la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos -penalidad que recibió CFK en la Causa Vialidad- incluye “la privación del derecho electoral”, mientras que el Código Nacional Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos” a pena privativa de libertad y, por sentencia ejecutoriada, por el periodo de la condena.

En este contexto, González subrayó que la Cámara Nacional Electoral “reconoció el derecho al sufragio de las personas condenadas, pero condicionó su ejercicio a que el Congreso de la Nación dictara la legislación necesaria para implementarlo”. En síntesis, debido a que el Congreso no redactó las leyes exigidas por la Cámara Electoral, se puede eliminar del padrón a las personas que ya tienen una condena firme en su contra.

El padrón definitivo de votantes se publicará el próximo 16 de septiembre, aunque existe un plazo adicional de 10 días para resolver errores u omisiones en el listado.

Cristina Kirchner
Cristina Kirchner en el balcón de su prisión domiciliaria

Otro pedido por los derechos de Cristina Kirchner

En junio, el abogado Daniel Llermanos presentó un reclamo ante la Justicia para garantizar su derecho a “tener la opción de votar a la Dra. Cristina Elisabeth Fernández de Kirchner como candidata a legisladora provincial por la tercera sección electoral en las elecciones del 7 de septiembre de 2025, pidiendo además que se suspenda cualquier acto que obstaculice su postulación.

El letrado solicitó la protección de su “derecho constitucional y electoral a elegir libremente a mis representantes, tal como lo garantizan los artículos 1, 37 y 38 de la Constitución Nacional, el artículo 5 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, y los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22, CN)”.

HM/DCQ

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