
El Gobierno anunció a principios de junio un proyecto de ley sobre la presunción de “inocencia fiscal” y, a más de dos meses de dicha declaración, la iniciativa aún no ha sido abordada en el Congreso. Mientras tanto, una de las medidas incluidas, la implementación de un nuevo esquema del impuesto a las Ganancias, ha comenzado de manera lenta, contando con poco más de 10 mil inscriptos.
El presidente de ARCA, Juan Pazo, y el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, José Luis Espert, presentaron el 5 de junio el Proyecto del Principio de Inocencia Fiscal, cuyo objetivo era establecer un marco jurídico amplio para un conjunto de medidas anunciadas previamente por el Gobierno, que disminuían las condiciones a partir de las cuales el fisco realizaba controles automáticos de información sobre diversas operaciones, como depósitos bancarios y compras.
En términos generales, el texto de la ley proponía modificaciones en los plazos de prescripción del delito de evasión tributaria a 3 años y restringía la capacidad de ARCA para iniciar denuncias penales, aunque aumentaba las multas por incumplimientos.
Asimismo, se planteaba un ajuste en los montos mínimos necesarios para determinar delitos penales tributarios. Por ejemplo, el umbral para el fraude fiscal se incrementaría de $1.5 millones a $100 millones, para la apropiación indebida de tributos de $2 millones a $200 millones y para el aprovechamiento indebido de beneficios fiscales de $100.000 a $10 millones.
Desde el Gobierno anticipaban que la actualización de los umbrales que habilitan al fisco a investigar delitos de evasión prácticamente eliminaría casi todas las denuncias actuales. En oficinas oficiales se menciona que existen 6.652 denuncias penales vigentes, pero con los nuevos montos, que comienzan en 100 millones de pesos para la evasión simple, solo podrían mantenerse poco menos de 200.
Para los especialistas, este proyecto de ley actúa como un “bloqueo” necesario desde el punto de vista jurídico para que las medidas previamente anunciadas por el Gobierno, destinadas a fomentar el uso de dólares no declarados, comiencen a circular en la economía. De hecho, hubo declaraciones de provincias que respaldaban los principios de esta iniciativa, pero en el Congreso el tema ha quedado relegado, y la proximidad de las elecciones ha postergado su discusión, al menos, hasta finalizar los comicios y a la espera de la nueva conformación parlamentaria.
Régimen simplificado de Ganancias
Una de las medidas asociadas fue la implementación de un régimen simplificado del impuesto a las Ganancias. Según Juan Pazo, en declaraciones a A24, más de 10 mil personas se inscribieron en este nuevo esquema, que se abrió a principios de junio y estará disponible durante los próximos meses, dado que opera para el ejercicio 2025, cuyas declaraciones juradas se presentarán ante el fisco a mediados de 2026.
Si bien esta medida fue lanzada y ejecutada, aún quedan asuntos específicos por definir que están contemplados en el proyecto de ley presentado o en reglamentaciones adicionales que aún no se han publicado. El proyecto enviado al Congreso especifica quiénes podrían adherir al nuevo régimen de Ganancias, aplicable a personas con ingresos de hasta 1.000 millones de pesos y un patrimonio de hasta 10.000 millones.
Otro aspecto señalado en el proyecto de ley se refiere al criterio de “discrepancia significativa”, el cual establece el monto a partir del cual ARCA podría considerar que hay una diferencia notable entre la declaración jurada y la información que posee el fisco sobre ese contribuyente. En resumen, esta discrepancia será considerada como tal si existe una diferencia del 15% entre lo declarado y lo que estipula el organismo recaudador.
En cuanto al número de inscriptos durante los primeros dos meses de vigencia del régimen simplificado de Ganancias, los 10 mil registros representan una porción muy menor del universo potencial. Según Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, es “poco”, dado que, de acuerdo a sus cálculos basados en los últimos datos detallados de 2022, hay al menos 400 mil autónomos que presentan declaración jurada de Ganancias y, sumados a empleados en relación de dependencia -y otros que también declaran Ganancias- se alcanzarían poco más de 900 mil.
Sin embargo, Domínguez comentó que “la información que ARCA debe proporcionar sobre la declaración jurada en el micrositio de su web aún no está disponible. Por lo tanto, la realidad es que no se conoce claramente el procedimiento de presentación. Se sabe que no incluirá ni el consumo ni los bienes en el exterior del año anterior o del siguiente”, declaró a Infobae.
“No hay prisa por adherirse porque hay tiempo hasta antes de la presentación de la declaración jurada en junio del año próximo. Entonces, parece que la mayoría de las personas no se ha inscrito, no porque el régimen no les interese, sino porque no comprenden bien cómo funciona y quieren esperar, ya que tienen tiempo”, concluyó.
Una de las modificaciones prometidas incluía una reglamentación para abarcar las ganancias obtenidas no solo de fuente argentina, sino también extranjera. En un decreto inicial, el Gobierno había restringido el alcance del esquema a las rentas de fuente argentina, pero el proyecto de ley no mantuvo esa limitación.
ARCA prevé, y fuentes del fisco reiteraron que está en preparación, una normativa complementaria que se publicará para incorporar también las ganancias generadas en el extranjero. El inconveniente radica en que, si bien el fisco cuenta con información interna sobre los contribuyentes para determinar el monto del impuesto en la declaración jurada, no ocurre lo mismo con los ingresos provenientes del exterior.
Por definición, cuando un exportador presta servicios desde Argentina y factura al exterior, esa renta se considera de fuente argentina. Solo se clasifica como renta extranjera aquellos beneficios derivados de inversiones efectuadas fuera del país que generan rendimientos para el contribuyente.
No obstante, debido a las restricciones cambiarias de los últimos años, muchos de quienes facturan en el exterior terminan utilizando mecanismos financieros alternativos para acceder a divisas, lo que los posiciona, según el criterio de ARCA, como contribuyentes con ingresos en el exterior.
En muchos casos, esas personas eligen mantener los dólares fuera del país e invertir en activos como acciones o criptomonedas, que pueden generar dividendos o rendimientos. Estas ganancias, al considerarse como distribuciones, pasan a clasificarse como rentas del exterior. Por tal motivo, quedarían excluidas del régimen simplificado del impuesto a las Ganancias hasta que se publique la nueva normativa.
El uso de dólares en transacciones minoristas habituales no logró despegar con fuerza en lo que va del año, a pesar de las diversas medidas y declaraciones de intención del Gobierno sobre la necesidad de remonetizar la economía con los dólares ya ahorrados. A finales de febrero, por ejemplo, se implementaron regulaciones para permitir el cobro en dólares en todos los comercios.
Según datos del Banco Central, en junio se registraron 1.5 millones de transacciones en dólares por un monto de USD 2.373 millones, lo que representa un aumento del 46% interanual. En el mismo mes de febrero, antes de la implementación de dicha autorización, se habían registrado 1.9 millones de operaciones por USD 2.947,1 millones.