
Mediante el decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial este lunes, el Gobierno ha promulgado la ley 27793, que “declara la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por UN (1) año más”. Sin embargo, su aplicación aún se encuentra en suspenso: el artículo 2 del mismo decreto solicita al Congreso de la Nación que informe sobre el origen de los fondos necesarios para su cumplimiento.
Esta medida añade un nuevo capítulo a la prolongada disputa entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo respecto al ajuste en el área de Discapacidad, tras el rechazo del Parlamento al veto presidencial a dicha ley.
Discapacidad: cambios y contradicciones en el mismo decreto
Mientras que el artículo 1 del decreto promulga la ley, el artículo 2 la pone en suspenso y nuevamente “tira la responsabilidad” a los legisladores. “Comuníquese al H. CONGRESO DE LA NACIÓN, conforme a lo estipulado por el artículo 5° de la Ley N° 24.629, para que incluya las partidas correspondientes en el presupuesto nacional que faciliten la implementación de la ley que se promulga en este acto”, expresa textualmente.
En los considerandos del decreto, el Gobierno expone las razones que justifican esta decisión, relacionadas con la búsqueda de equilibrio fiscal, y realiza proyecciones sobre el incremento del gasto público necesario para cumplir con las obligaciones que la ley establece. Después de detallar estas cifras, resume: “Que, en consecuencia, la implementación de la Ley N° 27.793 implicaría un crédito presupuestario total de aproximadamente PESOS TRES BILLONES DIECINUEVE MIL QUINIENTOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 3.019.508.900.000), equivalente a CERO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (0,35 %) del Producto Bruto Interno (PBI).” Añade además: “Que, según el artículo 38 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera se establece que “[t]oda ley que autorice gastos no contemplados en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.
Posteriormente, el Gobierno critica al Congreso por “insistir en la sanción” de la ley sin considerar cómo afectaría su implementación al equilibrio fiscal. Finalmente, se ampara en el artículo 5° de la Ley N° 24.629 de Normas Complementarias para la Ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional para suspender su aplicación: “toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. De no ser así, su ejecución permanecerá suspendida hasta que se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.
Los recortes en el área de Discapacidad han generado una notable fricción entre el Gobierno y la ciudadanía, siendo objeto de marchas y protestas por lo que se ha denominado “política de la crueldad”. Esta tensión se intensificó tras la divulgación de audios atribuidos al ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad, Diego Spagnuolo, en los que revela detalles de una supuesta trama de corrupción en el área y acusa a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, de apropiarse del “3 por ciento” de cada contrato. Tras la promulgación de la ley de emergencia en Discapacidad, el veto presidencial y el rechazo a dicho veto en el Congreso, este decreto actúa como una “gambeta” del Ejecutivo, a la espera del próximo movimiento de los legisladores.