Jueves, 2 de octubre de 2025   |   Justicia

Denunciaron penalmente a la diputada Lena tras acusaciones de intervención en una adopción irregular

Denunciaron penalmente a la diputada Lena tras acusaciones de intervención en una adopción irregular

Un abogado de Paraná, Agustín Artibano Planiscg, presentó una denuncia penal contra la escribana y diputada provincial Gabriela Mabel Lena, según se indica. La denuncia surgió (según el texto) a partir de una publicación de Diario Junio que señalaba: “Diputada (UCR) y escribana Lena ligada a un delito penal sobre menores: Celebró un acto jurídico prohibido por la ley e incumplió su deber como diputada”, artículo firmado por el periodista Claudio Gastaldi.

Según esa denuncia, la diputada “por acción u omisión” habría incurrido en delitos descriptos por el Código Penal en los artículos 117, 118 y 120 inc. b) de la ley 25.871 y en el art. 248 ??. Cabe destacar que la presentación recayó en la Fiscalía Federal a cargo de la fiscal Josefina Minatta.


La denuncia penal sostiene que, el 11 de mayo de 2023, la escribana y diputada nacional Gabriela Mabel Lena redactó dos instrumentos públicos: en uno gestionó un poder especial (prohibido) otorgado por Ersido Hijo Castillo Lorenzo a favor del matrimonio Carolina Solange Silva y Damián Andrés Borgo, mediante el cual les cede la responsabilidad parental y la representación de sus dos hijas menores de edad, HLCR y ECR; y en el otro, un poder que autoriza a las menores a circular por el país y cualquier parte del mundo.

El abogado denunciante afirma: “En este caso concreto, estamos ante un caso de delegación de responsabilidad parental que hizo el padre, y aun en ese caso se requiere la autorización de ambos progenitores y personalmente y posteriormente homologado judicialmente para que tenga validez. La Jueza interviniente antes de homologar debe previamente escuchar a las partes, niñas e intervención del Defensor Público Oficial. Reunido todos los requisitos y conforme a la sana critica el Juez resolverá”.

“Ahora bien, en este caso, hay una clara ausencia de cuidados parentales. No hay padre que cuide. Una escribana no puede avalar una guarda d hecho y por esa razón el COPNAF ha tomado medidas de protección excepcionales”, indicó el letrado.

“En conclusión, todo proceso de guarda o adopción siempre es judicial, no es una cuestión administrativa. Un padre no dispone de sus hijos como cosas. Convalidar una guarda de hecho es un ilícito”, agregó posteriormente.

Delitos cometidos, según la acusación

En efecto, según los dichos del abogado, los supuestos delitos imputados a Lena se encuadrarían en la Ley 25.871, cuyo artículo 117 establece que “Será reprimido con prisión de 1 a 6 años el que promoviere o facilitare la permanencia ilegal de extranjeros con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio”.

También se menciona el artículo 118 de la misma ley, que dispone: “Igual pena se impondrá a quien mediante la presentación de documentación material o ideológicamente falsa, peticione para un tercero algún tipo de beneficio migratorio”.

Según el texto de la denuncia, ambos delitos se agravarían por el artículo 120, con penas de 3 a 10 años, por la calidad de funcionaria pública (Lena es diputada provincial y, al momento de los hechos, se desempeñaba como diputada nacional).

Asimismo, y siempre según el letrado paranaense, Lena sería pasible de la pena prevista en el artículo 248 del Código Penal, que expresa: “Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

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