
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) declaró la emergencia fitosanitaria por el Picudo Rojo de las Palmeras (Rhynchophorus ferrugineus Olivier) y dispuso un esquema obligatorio de prevención, vigilancia y control que estará vigente hasta el 30 de junio de 2027, tras confirmarse su presencia en la isla Martín García, provincia de Buenos Aires.
La medida fue oficializada mediante la resolución 133/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, donde se dispone: “Se declara la Emergencia Fitosanitaria con respecto a la plaga Picudo Rojo de las Palmeras (Rhynchophorus ferrugineus Olivier) hasta el 30 de junio de 2027, debiendo adoptarse y fortalecerse las tareas de prevención, vigilancia y control”.
El área alcanzada por la declaración es puntual. Según la norma, “el área bajo Emergencia Fitosanitaria abarca la superficie correspondiente a la isla Martín García, perteneciente al partido de La Plata, provincia de Buenos Aires”.
La norma establece que es “responsabilidad primaria e ineludible de toda persona humana o jurídica vinculada a la producción” velar por la sanidad e inocuidad de su producción, obligación que alcanza a todos los eslabones de la cadena agroalimentaria
El organismo encuadró la decisión dentro de la Ley 27.233, que “declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción silvoagropecuaria nacional”, y establece que el Senasa es la autoridad encargada de planificar y ejecutar estas acciones.
Además, recordó que la norma fija que es “responsabilidad primaria e ineludible de toda persona humana o jurídica vinculada a la producción” velar por la sanidad e inocuidad de su producción, extendiendo esa obligación a todos los eslabones de la cadena agroalimentaria.
En la resolución se describe al picudo rojo como “la plaga global más destructiva de las palmeras”, capaz de atacar a más de 35 especies de 23 géneros; hasta ahora en el país tenía el estatus de “Plaga Cuarentenaria Ausente”.
El texto oficial señala que las palmeras “son consideradas en el país de importancia cultural, histórica y biológica” y forman parte del arbolado urbano, parques nacionales y áreas protegidas, cuya preservación “resulta primordial e invaluable”.
El antecedente regional también influyó en la decisión. Se consigna que la plaga “fue reportada oficialmente en el año 2022 en Uruguay, extendiendo rápidamente su área de presencia a ocho departamentos, muchos de ellos limítrofes con la Argentina”.
El picudo rojo es un escarabajo adulto, de color rojizo con manchas negras y de hasta 5 cm; tiene el rostro alargado en forma de pico y se desarrolla en el interior de las palmeras, donde pueden encontrarse sus cuatro estados (huevo, larva, pupa y adulto). Senasa
En enero último se produjo el hecho clave. Según la resolución, “se notificaron a través del Sinavimo daños aparentemente causados por el Picudo Rojo de las Palmeras sobre Phoenix canariensis y la presencia de insectos morfológicamente compatibles con la citada plaga” en la isla Martín García.
Luego, la confirmación de laboratorio fue determinante: “la Dirección de Laboratorio Vegetal identificó las muestras de los insectos recolectados como Rhynchophorus ferrugineus Olivier”.
La norma advierte que, al tratarse de una plaga cuarentenaria ausente, “no existe registro de productos fitosanitarios autorizados para su control por este Servicio Nacional”, lo que refuerza la necesidad de un esquema excepcional.
Por eso se aprobó formalmente un instrumento técnico clave. El Senasa “aprueba el Plan de contingencia para Picudo Rojo de las Palmeras en el cual se establecen las medidas fitosanitarias a implementar” ante detecciones.
La resolución también establece una denuncia obligatoria. Quienes detecten ejemplares compatibles con la plaga o daños sospechosos “están obligados a notificar el hecho, en forma inmediata y de manera fehaciente” al Senasa.
Los responsables de viveros, áreas protegidas, provincias, municipios y propietarios donde se detecte la plaga deberán “ejecutar, con carácter obligatorio y a su cargo, las medidas fitosanitarias establecidas en el Plan de contingencia”.
Entre esas acciones figura una de alto impacto: “realizar la erradicación de las palmeras afectadas, siguiendo las medidas de control y bioseguridad establecidas”.
También se deberán aplicar “medidas fitosanitarias de control cuarentenario relacionadas con el movimiento de artículos reglamentados”, para evitar la dispersión.
Como parte del esquema excepcional, el Senasa autorizó de manera provisoria principios activos para el tratamiento de palmeras, tanto por endoterapia como por exoterapia, hasta el 30 de junio de 2027.
A su vez, se dispone que los responsables de tratamientos “deben tomar los recaudos necesarios a fin de que no se consuman los frutos de aquellas palmeras que se encuentren bajo tratamiento”.


