Lunes, 16 de febrero de 2026   |   Economía

Debate por la reforma laboral: cómo funciona la licencia por enfermedad en Uruguay y su impacto en el ausentismo privado

La discusión sobre los cambios en los permisos laborales por motivos de salud suma cuestionamientos y comparaciones con otros modelos de la región, mientras se profundiza el análisis sobre el ausentismo en el empleo privado
Debate por la reforma laboral: cómo funciona la licencia por enfermedad en Uruguay y su impacto en el ausentismo privado

La controversia por la reforma laboral atravesó la agenda política y sindical en Argentina tras declaraciones de Patricia Bullrich, senadora nacional, quien reconoció deficiencias en el proyecto oficial en la regulación de las licencias por enfermedad. El debate se instaló en el Congreso y en los principales ámbitos empresariales, donde distintos actores reclamaron revisar el articulado y proponer alternativas para mejorar la gestión del ausentismo laboral.

En ese marco, el Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA) difundió un informe centrado en las consecuencias del ausentismo y en los desafíos que enfrenta el país para regular este fenómeno. Según su análisis, las reformas impulsadas por el Senado no resuelven los problemas estructurales del sistema vigente y podrían acentuar las dificultades para las empresas. Como parte de sus propuestas, IDESA plantea observar y adaptar modelos de otros países, tomando especialmente el caso de Uruguay, donde el subsidio por enfermedad se apoya en una normativa específica y en mecanismos de control más estrictos.

La reforma en debate y el diagnóstico de IDESA

El eje de la discusión se desplazó con rapidez al Congreso, impulsado por los reparos de Patricia Bullrich sobre el alcance y la eficacia de la reforma en materia de licencias médicas. La senadora admitió problemas en la redacción y adelantó la necesidad de revisar el artículo que regula la justificación de ausencias por motivos de salud.

En paralelo, IDESA presentó un informe sobre el impacto del ausentismo en las empresas argentinas y las limitaciones de la normativa vigente. El documento sostiene que seis de cada diez empresas sufren ausentismo laboral y advierte que “la reforma aprobada en el Senado en materia de licencias por enfermedad es deficiente”. El instituto remarca que “en vez de lograr una modernización, se introduce mayor confusión y riesgos para las empresas”. En ese sentido, alerta que la reforma “resulta inaplicable en la práctica, por la dificultad que implica para las empresas fiscalizar los certificados médicos”.

El informe de IDESA subraya: “La reforma mantiene la obligación de pagar salarios ante la sola presentación de un certificado médico, sin mecanismos de control efectivos, lo que perpetúa el incentivo al ausentismo”. Además, agrega que “el sistema argentino favorece que el ausentismo se convierta en una estrategia para obtener ingresos sin trabajar, en desmedro de la productividad y la competitividad”.

Entre sus recomendaciones, IDESA propone “replicar sistemas implementados en la región que equilibran la protección del trabajador enfermo con la necesidad de evitar abusos”. El organismo cita el caso de Uruguay y sostiene: “El modelo uruguayo introduce límites temporales y controles cruzados entre empresas y la seguridad social, lo que reduce los incentivos al abuso del sistema”.

El sistema uruguayo de licencias médicas

El modelo uruguayo de subsidios por enfermedad se sustenta en una normativa específica que involucra al Banco de Previsión Social (BPS) y a otros organismos estatales. El régimen establece requisitos y condiciones para acceder a la prestación, con el objetivo de asistir a los trabajadores afectados por problemas de salud y, al mismo tiempo, fijar límites destinados a evitar el uso indebido del beneficio.

¿Quiénes pueden acceder al subsidio?

El subsidio por enfermedad en Uruguay se otorga a una amplia gama de trabajadores, incluyendo:

  • Trabajadores dependientes de la actividad privada.
  • Docentes del Instituto Elbio Fernández.
  • Empleados de la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con vínculo funcional específico.
  • Empleados de la Presidencia de la República y otros organismos civiles, bajo determinadas condiciones.
  • Monotributistas comunes y Mides, con aportación rural o de industria y comercio.
  • Socios de cooperativas.
  • Trabajadores jubilados en actividad parcial, según la ley vigente.
  • Asistentes personales, representantes legales y administradores de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
  • Patrones unipersonales de industria, comercio y rurales, bajo ciertos topes de dependientes.
  • Monotributistas con cónyuge colaborador y hasta un dependiente, o con hasta tres dependientes en épocas zafrales.

También tienen derecho quienes desempeñan tareas en el programa Uruguay Impulsa y cumplen con el mínimo de días trabajados.

Requisitos para acceder

La normativa uruguaya exige que los beneficiarios cumplan condiciones según la modalidad de contratación:

  • Jornaleros o destajistas: 75 jornales efectivos trabajados en el año previo al inicio de la enfermedad.
  • Mensuales: 3 meses de actividad efectiva en el año anterior, en una o varias empresas, de manera consecutiva o alternada.
  • Titulares de empresas unipersonales o monotributistas: Deben estar al día con los aportes y cumplir 3 meses de actividad efectiva en el año previo.
  • Embarazadas: Acceden al subsidio aunque no alcancen el mínimo de jornales requeridos.
  • Multiempleo: Se requiere certificación médica en todos los empleos simultáneamente.

Características del subsidio y reglas de liquidación

El BPS concede el subsidio por enfermedad por un máximo de un año, con posibilidad de prórroga por otro año consecutivo o, alternativamente, hasta dos años alternados dentro de los últimos cuatro por la misma dolencia. El monto equivale al 70% de todos los ingresos gravados (sin contar aguinaldo), calculado sobre el promedio de los 180 días previos al mes anterior al inicio de la enfermedad. El tope establecido para 2026 es de $67.754 mensuales, sumando la cuota parte de aguinaldo.

El pago se inicia a partir del cuarto día de certificación médica, salvo en casos de internación, en los que se liquida desde el primer día. Ante accidentes de trabajo, el Banco de Seguros del Estado (BSE) cubre dos tercios del jornal habitual y el BPS complementa hasta alcanzar el 70%. Si el BSE rechaza la cobertura, el BPS asume el pago de los días correspondientes, previa certificación.

Para patrones con derecho, el subsidio corresponde al 70% del ficto patronal o de la categoría por la que aporta, con un tope específico. Durante el período de cobertura, los patrones quedan exonerados de los aportes tributarios.

Obligaciones de trabajadores y empresas

El esquema uruguayo establece obligaciones para ambas partes. El trabajador debe informar a la empresa sobre la certificación médica y no tiene que presentarse ante el BPS; el prestador de salud ingresa los datos al sistema y genera la solicitud de forma automática. Para el empleador, existe la obligación de notificar al organismo sobre el último día trabajado, incrementos salariales, reintegros anticipados y suspensiones por mala conducta. Estas gestiones se realizan en línea, a través del sistema del BPS.

La normativa especifica que las certificaciones médicas deben ingresarse dentro de las 48 horas de la consulta y pueden consultarse en línea. Hay canales presenciales y digitales para efectuar consultas y adjuntar documentación.

Límites y controles

El sistema de subsidio por enfermedad en Uruguay fija límites temporales claros y controles cruzados. El trabajador puede permanecer certificado hasta por un año, con opción de prórroga en condiciones específicas. En caso de imposibilidad permanente para el desempeño de tareas, el subsidio se transforma en una prestación prejubilatoria por hasta 180 días. Además, los controles interinstitucionales buscan impedir el uso abusivo del beneficio, preservando el equilibrio entre la protección social y la sostenibilidad del sistema.

Comparaciones y desafíos

El debate sobre las reformas laborales en Argentina impulsó el análisis comparativo con modelos regionales. El informe de IDESA reafirma que “la falta de controles y límites claros en la legislación argentina genera incentivos al ausentismo y a la judicialización de los conflictos laborales”. Al contrastar con la experiencia uruguaya, el organismo concluye que “el sistema argentino resulta más vulnerable a prácticas abusivas, mientras que el modelo de Uruguay introduce mecanismos de control y límites que contribuyen a la transparencia y la eficiencia”.

El análisis de IDESA cierra con la recomendación de “avanzar en una reforma que contemple la experiencia internacional y adapte buenas prácticas para fortalecer la productividad y la equidad en el mercado laboral”.

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