
El esquema salarial del personal del sector comercial en Argentina experimenta una nueva modificación tras la revisión paritaria suscripta el viernes pasado entre los principales actores del rubro. En un contexto de constantes negociaciones y ajustes, las partes acordaron incrementos, sumas extraordinarias y mecanismos de seguimiento destinados a preservar el poder de compra de los trabajadores frente a la volatilidad económica.
El acuerdo firmado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) dispone una serie de condiciones y montos que se incorporarán a los haberes mensuales desde la entrada en vigencia del nuevo entendimiento. La medida afecta a una porción significativa de la fuerza laboral privada, dada la amplia representatividad del sector mercantil en todo el país.
Qué se acordó
El eje de la negociación consiste en la implementación de una suma fija no remunerativa de $60.000 por mes, a abonarse en los salarios correspondientes a diciembre 2025, enero, febrero y marzo 2026. El texto del acta precisa que el monto se ajusta a lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley 24.241 y que su carácter es extraordinario y temporal. Esa suma tiene un límite y se extingue automáticamente con cada pago mensual, salvo el importe correspondiente a marzo, que será incorporado de manera nominal al salario básico a partir de abril del año próximo.
El mismo acuerdo extiende la suma fija no remunerativa de $40.000, ya establecida en la paritaria del 26 de junio. Esa prolongación garantiza la percepción de ambas sumas durante cuatro meses consecutivos —de diciembre a marzo—, por lo que el personal comprendido en el Convenio Colectivo 130/75 percibirá en ese período $100.000 en sumas fijas adicionales, además de los importes que correspondan por las escalas convencionales y otros adicionales previstos por ley o convenio interno.
Cabe destacar que ni los $60.000 ni los $40.000 integran la base de aportes ni contribuciones a la seguridad social, no se computan para el cálculo del Sueldo Anual Complementario (SAC) y no alteran los montos por presentismo, antigüedad, horas extra, comisiones, adicionales por zona u otras sumas que se liquiden habitualmente conforme a convenio o acuerdo de empresa. De ese modo, el acuerdo refuerza el salario neto en un período acotado, con el objetivo de mitigar los efectos de las fluctuaciones económicas.
Alcance del acuerdo y próxima revisión
El convenio tiene alcance nacional y cubre a todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75, con la excepción de quienes desempeñan actividades en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. En ese distrito, el texto habilita la celebración de acuerdos salariales particulares que atiendan las condiciones locales, siempre respetando los mínimos convencionales homologados. Para el resto del país, la vigencia del entendimiento se extiende desde el 1° de julio de 2025 hasta el 30 de abril de 2026.
En materia de previsiones futuras, el acta incorpora una cláusula de revisión para marzo de 2026. Los firmantes se comprometieron a reunirse ese mes para evaluar la evolución de las variables económicas que puedan haber incidido sobre los salarios y, en función de ello, confirmar o modificar los importes y mecanismos vigentes. Ese anclaje a la coyuntura deja abierta la posibilidad de actualizar las escalas básicas, las sumas fijas y otros valores pactados, aunque fija un marco claro para la liquidación de haberes durante el período señalado.
En la práctica, el acuerdo establece que, hasta marzo inclusive, los trabajadores del sector recibirán mensualmente el salario según la escala vigente, el ajuste previamente pactado del 1% sobre los básicos y las dos sumas no remunerativas de $60.000 y $40.000. El importe de $60.000 correspondiente a marzo pasará a integrarse como componente fijo del salario básico desde abril.
Quiénes recibirán un bono extraordinario en diciembre
Dentro del sector, los empleados de supermercados de las principales cadenas percibirán, a través de acuerdos específicos entre las empresas y la FAECyS, un bono extraordinario fuera del convenio general por $170.000.
La suma surgió de negociaciones directas entre las cadenas y los representantes sindicales. “Este bono fue conseguido en base a un gran esfuerzo y negociaciones de ambas partes con el fin de acompañar la difícil situación que atravesamos los mercantiles ante las vísperas de navidad y año nuevo”, remarcaron desde el sindicato.
El acuerdo suscripto por la CAC, la CAME, la UDECA y la FAECyS funciona como referencia primaria y establece un piso salarial nacional, protegiendo las sumas mínimas y el esquema general frente a variaciones sectoriales, pactos individuales o convenios específicos de distintas regiones.
Cuánto cobran los trabajadores del sector, según cada categoría
Para transparentar el impacto sobre el salario final de cada trabajador, a continuación se detallan los salarios básicos de diciembre 2025 por categoría, a los que mensualmente se deben sumar los montos extraordinarios acordados recientemente:
Maestranza
- Categoría A: $1.095.795
- Categoría B: $1.098.852
- Categoría C: $1.109.560
Administrativos
- Categoría A: $1.107.268
- Categoría B: $1.111.860
- Categoría C: $1.116.448
- Categoría D: $1.130.218
- Categoría E: $1.141.690
- Categoría F: $1.158.519
Cajeros
- Categoría A: $1.111.091
- Categoría B: $1.116.448
- Categoría C: $1.123.333
Auxiliares Generales
- Categoría A: $1.111.091
- Categoría B: $1.118.740
- Categoría C: $1.143.985
Auxiliares Especiales
- Categoría A: $1.120.274
- Categoría B: $1.134.041
Vendedores
- Categoría A: $1.111.091
- Categoría B: $1.134.044
- Categoría C: $1.141.690
- Categoría D: $1.158.519
Esos importes constituyen el salario básico de cada categoría dentro de la estructura mercantil, antes de añadir los montos extraordinarios, los adicionales convencionales o las sumas derivadas de acuerdos sectoriales particulares. La liquidación final de bolsillo resulta de la suma del básico, las sumas fijas pactadas y los ítems correspondientes a cada legajo.
El protocolo establece la vigencia de estos mecanismos entre julio 2025 y abril 2026, con un análisis obligatorio en marzo para ajustar o revisar la fórmula de actualización según el impacto económico registrado en esa instancia.
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