
La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió que el Estado provincial debe cubrir las costas judiciales y los honorarios de los abogados de Cecilia Goyeneche, exprocuradora adjunta y fiscal anticorrupción que fue destituida irregularmente en 2022. Los montos a abonar aún no están determinados y se resolverán en una etapa posterior, según informaron a Análisis. Esta resolución, emitida el martes, se enmarca en el proceso que anuló la remoción de Goyeneche, quien lideró investigaciones contra el exgobernador Sergio Urribarri, condenado el año pasado. El máximo tribunal ya había fallado en diciembre de 2024 a favor de Goyeneche, declarando nula la sentencia del Jurado de Enjuiciamiento que había decidido su destitución tras su participación en la investigación del exgobernador. Sin embargo, esa decisión no abordó el tema de las costas, lo que llevó a la exfuncionaria a presentar un nuevo recurso días después. En el fallo firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte recordó que, de acuerdo con el artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, las costas suelen ser impuestas a la parte vencida, a menos que haya razones suficientes para no hacerlo, lo que no fue aplicable en este caso. Por lo tanto, el Estado entrerriano será responsable de todos los gastos derivados del extenso proceso. De esta manera, el tribunal resolvió que la parte perdedora en el litigio debe hacerse cargo de las costas, lo que beneficiará a los abogados de Goyeneche: Alberto B. Bianchi, Lino B. Galarce y Santiago M. Castro Videla. También se ordenó la devolución del depósito judicial dispuesto por la sentencia de diciembre. El 6 de diciembre de 2024, la Corte Suprema aceptó la queja presentada por Goyeneche, quien había sido destituida en 2022. El tribunal declaró “admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada”. Asimismo, dispuso que el expediente vuelva al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Esto implica que los planteos de Goyeneche regresan al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia para que tomen una decisión sobre la constitucionalidad del juicio que resultó en su destitución. En su resolución, los jueces también revisaron las dos denuncias contra Goyeneche y la conformación del Jurado de Enjuiciamiento, así como la decisión de apartar a la exprocuradora de sus funciones en noviembre de 2021. Recordaron los argumentos presentados por Goyeneche sobre la conformación del Jurado y quiénes eran responsables del control de la constitucionalidad del proceso, haciendo hincapié en las decisiones del STJ de Entre Ríos. Aunque algunos de los cuestionamientos formulados por Goyeneche fueron desestimados, sí se dieron validez a aquellos que planteaban la irrecurribilidad de la decisión de apartar al Ministerio Público Fiscal como órgano acusador, así como la intervención de otros vocales. En un fragmento de la resolución de 32 fojas se menciona que no se aplica el mismo criterio respecto a los reclamos sobre la imparcialidad del órgano juzgador. La Corte subrayó que el STJ no atendió adecuadamente los cuestionamientos sobre la imparcialidad del jurado, lo que vulnera las garantías constitucionales. Finalmente, los jueces concluyeron que los agravios sobre las recusaciones de los jurados y la nulidad en la designación de la doctora Schumacher son válidos y justifican la revocación de la sentencia apelada. Específicamente, los jueces destacaron el extraño celo del STJ por asegurar la imparcialidad del órgano acusador, contrastando con su actitud hacia los planteos de imparcialidad hechos por Goyeneche. Los magistrados enfatizaron que la gravedad de los vicios en la integración del órgano juzgador compromete el debido proceso y el derecho a una defensa adecuada de Goyeneche. Al final, los jueces dejaron claro que su decisión no implica un juicio sobre el mérito de los hechos que dieron inicio al juicio político, y ordenaron que se vuelva a dictar un nuevo pronunciamiento conforme a derecho.