
Las personas interesadas deberán tener en consideración los siguientes aspectos: residir en la localidad asiento en el que desempeñe su cargo (art. 17) inc. 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial); respetar las incompatibilidades establecidas por las Leyes Nº 7413, Nº 6902 y Nº 514; contar con título habilitante, antigüedad mínima y formación según lo previsto en el art. 16 LPF-10668 y en el Acuerdo General Nº 02/21 del 18 de febrero de 2021, Punto 4º del Superior Tribunal de Justicia (STJ); y disponer de la disponibilidad horaria conforme a lo estipulado en el art. 10) de la Ley N° 5143.
Quienes reúnan dichos requisitos deberán ingresar aquí y completar el formulario, que estará disponible hasta el lunes 10 de noviembre a las 8.
Según lo determine el Superior Tribunal, se podrán realizar entrevistas a los aspirantes que, cumpliendo esos requisitos, acrediten mayor formación y experiencia en las temáticas previstas.
Ley Procesal de Familia. LEY 10668. Art. 16): Requisitos para integrar el Equipo Interdisciplinario. Quienes integren los Equipos Interdisciplinarios deben poseer título habilitante en la disciplina de que se trate; haber ejercido la profesión ininterrumpidamente durante los últimos tres (3) años anteriores al de su designación, como mínimo y poseer especial formación en la temática de familia y perspectiva de género; rendir el concurso de idoneidad que prevea el Superior Tribunal de Justicia conforme reglamentación vigente acordada por el mismo.
Acuerdo General Nº 02/21 del 18-02-21, Punto 4º del Superior Tribunal de Justicia. Requisitos: Los profesionales deberán cumplir con los siguientes requisitos, cualquiera sea el carácter de la designación -suplente, interino, temporario o provisorio-: – Título profesional. – Ejercicio ininterrumpido de la profesión durante los tres (3) últimos años. – Especial formación en la temática de familia y perspectiva de género. – Especialización forense, siempre que se cuente con oferta académica. En los casos que no se cuente con oferta académica de especialización universitaria, y sólo para el cargo de Trabajo Social, se tomarán en cuenta las capacitaciones en dicha materia. Los cursos y/o talleres de especialización deberán haber sido realizados dentro de los últimos cinco (5) años a la fecha de la designación.
En la página web www.jusentrerios.gov.ar podrá encontrar las demás normativas citadas.




