Martes, 30 de mayo de 2006   |   Policiales

Condenaron a cuatro años de cárcel a acusado de tráfico de marihuana

Al cómplice se le aplicó una medida de seguridad de dos años por tenencia simple para consumo. Un hombre oriundo de Gualeguaychú fue condenado por la Justicia Federal a cuatro años de prisión por el tráfico de marihuana desde Buenos Aires a la C…
En tanto para César Carballo, cómplice del condenado, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná aplicó una medida de seguridad por dos años por tenencia simple para consumo personal.
La causa se inició en febrero de 2005 y finalizó el 2 de setiembre de ese año cuando personal policial logró desbaratar una banda que compraba droga en Buenos Aires para distribuirla en Gualeguaychú. El caso fue instruído desde el principio por el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay a cargo de Guillermo Quadrini, que habilitó a la Policía para realizar una exahustiva investigación que culminó en setiembre.
Con la orden del juez, la Policía montó un operativo en la ruta nacional 14 a la altura de Ceibas, en el Departamento Islas del Ibicuy, donde detuvo a un colectivo de larga distancia y encontró en poder de Izaguirre seis kilogramos de marihuana. El micro había partido desde Retiro hacia la terminal de Gualeguaychú. Paralelamente la Policía allanó una vivienda en el barrio Yapeyú donde fue detenido Carballo que supuestamente se encargaba de distribuir la mercancía.
En el debate, el Tribunal Federal integrado por David Chaulet, Lilia Carnero y Roberto López Arango escuchó los alegatos de las partes y dictó sentencia.
La fiscal Marina Herbel de Pajares pidió la pena de cuatro años de prisión para Izaguirre y la pena mínima por tenencia simple para Carballo, ya que no se pudo probar que haya sido quien vendía la mercancía.
Por su parte, José Ostolazza defensor de ambos imputados pidió la absolución de Izaguirre y el tratamiento para Carballo por considerar que la droga que tenía era para consumo y está enfermo.
El Tribunal resolvió condenar a uno a cuatro años de prisión por el delito de Transporte de Estupefacientes, ya que las pruebas obrantes en la causa acreditaban en grado de certeza la autoría material y responsable del acusado Carlos Izaguirre. En tanto que para César Carballo el Jurado aplicó el artículo 17 de la Ley 23.737 que establece medidas de seguridad que permiten suspender la aplicación de una condena y aplicar una medida curativa por el lapso de dos años, y si al cabo de los 24 meses el imputado se recupera puede hasta llegar a ser sobreseído.
El condenado cumplirá la condena en la Unidad Penal Nº 4 de Concepción del Uruguay. (Fuente: Uno)

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