
La madrugada del 20 de junio de 2024 quedó marcada como una herida abierta en la memoria reciente de Entre Ríos. En la Ruta Provincial 39, cerca del kilómetro 123, cuatro jóvenes trabajadores avícolas —tres de Basavilbaso y uno de Rosario del Tala— murieron cuando el automóvil en el que se dirigían a su jornada laboral fue embestido de frente por un vehículo oficial conducido por Juan Enrique Ruiz Orrico, por entonces titular del Instituto Portuario de la Provincia. El choque no solo truncó vidas; desencadenó además uno de los procesos judiciales más sensibles de los últimos años, atravesado por litigios jurídicos complejos, excusaciones, recusaciones, recursos extraordinarios, sospechas de privilegios y un reclamo social exigente de justicia.
A casi dos años del siniestro, la causa judicial llegó a una instancia decisiva. Tras el rechazo por parte del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos de los planteos de la defensa, quedó firme la fecha del juicio oral y público, que se celebrará entre el 18 y el 27 de febrero en Concepción del Uruguay. El debate estará a cargo del juez Darío Crespo, integrante del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, quien asumió la competencia luego de que todos los magistrados naturales de La Histórica se excusaran por mantener vínculos personales con la esposa del imputado, Evangelina Bruzzo, integrante de la Cámara de Casación Penal de Concordia.
El hecho que motivará el juicio reviste una gravedad inusual incluso para los estándares de la accidentología vial. Las pericias oficiales determinaron que Ruiz Orrico conducía con un nivel de alcoholemia de 1,59 gramos por litro de sangre (el análisis se realizó varias horas después del siniestro), cifra que excede ampliamente los límites legales y configuran un supuesto agravado conforme al artículo 84 bis del Código Penal. Según la reconstrucción técnica incorporada al expediente, el imputado realizó una maniobra imprudente, invadió el carril contrario y colisionó de frente contra el Chevrolet Corsa en el que viajaban Brian Izaguirre, Lucas Izaguirre, Leandro Almada y Axel Rossi. Los cuatro ocupantes fallecieron de manera instantánea.
Más allá de la calificación penal —homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas—, el caso interpela al sistema judicial en un plano más amplio. No solo se juzga la conducta individual de un alto funcionario público que conducía alcoholizado un vehículo oficial, sino también la respuesta institucional ante un hecho que involucra responsabilidades estatales, presuntos privilegios procesales y la igualdad ante la ley.
El derrotero procesal previo al juicio estuvo marcado por una intensa actividad recursiva de la defensa. Los abogados Leopoldo Lambruschini y Félix Pérez promovieron distintos planteos orientados a apartar al querellante particular, Mario Arcusin; esa estrategia fue desestimada tanto por la Cámara de Casación Penal como, en última instancia, por el Superior Tribunal de Justicia. El máximo órgano judicial provincial consideró que los argumentos defensivos ya habían sido tratados y resueltos, cerrando así una vía que había demorado la elevación definitiva a juicio.
Cuando el dolor familiar es una voz pública
En paralelo al lento avance procesal, el dolor de las familias se transformó en una voz pública que aún interpela. En las semanas previas al inicio del debate oral, la defensa de Ruiz Orrico presentó una oferta de reparación económica por un monto total de 150 millones de pesos dirigida a los familiares de las víctimas. La propuesta fue rechazad de plano. Nélida Lorena Dubini, madre de Brian y Lucas Izaguirre, expresó con crudeza una verdad que excede cualquier expediente judicial: “La vida de mis hijos no tiene precio”.
El rechazo fue, además, simbólico. Para los familiares, la oferta se percibió como una maniobra procesal destinada a atenuar responsabilidades más que como un gesto genuino de reparación. Dubini, en declaraciones públicas, cuestionó tanto al imputado como al funcionamiento de la Justicia, señalando lo que considera un trato diferencial desde el inicio de la causa: “Hace un año y siete meses que le vienen dando muchos privilegios”, resumió, en un sentimiento compartido por gran parte de la comunidad.
Las historias personales de las víctimas ocupan un lugar central en el expediente y serán parte esencial del juicio, no como un recurso emotivo sino para dimensionar el daño causado. Brian (padre de tres hijos) y Lucas (padre de un hijo) Izaguirre, hermanos, tenían 32 y 26 años, respectivamente. Leandro Almada tenía 33 y era padre de tres; Axel Rossi, con apenas 23 años, trabajaba para terminar de pagar su casa y su auto. Todos viajaban de madrugada para cumplir sus obligaciones laborales en el frigorífico Fadel de Pronunciamiento, en un contexto económico adverso, cuando sus pares celebraban un feriado.
La acusación fiscal, a cargo del doctor Eduardo Santo, se apoya en un voluminoso cuerpo probatorio que da cuenta de la solidez del caso. Más de 40 testigos, pericias accidentológicas, informes médicos, estudios toxicológicos, planimetrías, relevamientos de cámaras de seguridad y evidencia digital conforman el andamiaje sobre el que se desarrollará el debate. La querella particular adhirió íntegramente a esa prueba, reforzando la hipótesis acusatoria.
Desde el punto de vista jurídico, uno de los debates más relevantes gira en torno a la calificación legal. Mientras la Fiscalía sostiene el encuadre de homicidio culposo agravado, la querella impulsó —sin éxito en esta etapa— la figura de homicidio simple con dolo eventual. La discusión no es meramente técnica: remite a la valoración social y penal de la conducta de conducir alcoholizado a alta velocidad, en un vehículo oficial, de madrugada, por una ruta provincial.
El juez de Garantías, al disponer la remisión a juicio, consideró que la acusación fiscal cumple con todos los requisitos formales y materiales exigidos por la normativa procesal, y que existen elementos suficientes para someter el caso al escrutinio del tribunal oral. En su resolución subrayó la necesidad de que el juicio recupere su centralidad como espacio de producción de verdad judicial, evitando una instrucción excesivamente dilatada que vacíe de contenido el debate público.
Privilegios
Actualmente, Ruiz Orrico sigue el proceso en libertad, sujeto a medidas de coerción que incluyen la prohibición de conducir vehículos, la obligación de presentarse periódicamente ante el Ministerio Público Fiscal y la restricción para salir del Departamento Uruguay sin autorización judicial. Esas medidas, vigentes hasta mayo de 2025, también fueron objeto de observación pública en un contexto de fuerte sensibilidad social respecto de los delitos viales.
El juicio próximo no solo definirá la responsabilidad penal del imputado; también pondrá a prueba la capacidad del sistema judicial entrerriano para responder con transparencia, celeridad y equidad ante un caso que involucra a un exfuncionario de alto rango y a víctimas del mundo del trabajo. En una provincia atravesada por debates sobre seguridad vial, uso de bienes públicos y confianza en las instituciones, el proceso contra Ruiz Orrico se perfila como un caso testigo.
Para las familias, el horizonte es claro: no esperan una reparación posible, pero sí una sentencia que reconozca la gravedad del daño y siente un precedente. “Mis hijos van a tener la Justicia que se merecen”, sentenció Dubini. En esa frase se condensa el propósito último de un juicio que excede largamente a las partes: reafirmar que ninguna investidura, cargo ni estrategia procesal puede colocarse por encima del valor irreemplazable de la vida humana.


