
La jueza federal de Nueva York, Loretta Preska, suspendió la orden que ella misma había dictado para localizar bienes embargables de YPF, en el marco de su sentencia a favor de Buford Capital, en una interpretación que excede los límites sobre la expropiación de la petrolera.
“La jueza Preska concede la petición de YPF y ordena suspender transitoriamente el discovery de información con el que los demandantes pretenden encontrar algo que les permita, eventualmente, plantear que YPF es un alter ego del Estado nacional”, explicó el abogado y director de la Fundación de Investigaciones para el Desarrollo, Sebastián Soler, en X.
El letrado agregó que la suspensión permanecerá durante varios meses, hasta que la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York resuelva la apelación contra el fallo por el que Preska condenó a Argentina y benefició a los fondos Petersen y Eton Park, que cedieron su derecho a litigar a Buford Capital Limited.
“Esta apelación debería tramitar de manera ‘expeditiva’, pero, porque la apelación involucra un tema importante y poco tratado por la Cámara (implicancias para esta clase de discovery de la inmunidad de jurisdicción de empresas estatales bajo la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos), por ‘expeditiva’ significa, de mínima, muchos meses”, indicó Soler.
En la misma línea, el director de Latam Advisors, Sebastián Maril, calificó así la decisión de la magistrada: “Regalo navideño para YPF. La jueza Loretta Preska accede al pedido de la petrolera de suspender el discovery del Alter Ego (busca de activos para ser embargados), mientras apela la decisión de la misma jueza, quien permitió dicho discovery e impidió a YPF una defensa, ya que considera que el Estado lo está haciendo en su lugar. Esta orden no aplica al discovery contra otros activos soberanos que continúa vigente”.
Argentina fue condenada en primera instancia por la jueza Loretta Preska en 2023 a pagar $16.100 millones de dólares a favor de Buford Capital por la expropiación de la petrolera en 2012, durante la gestión de Cristina Fernández de Kirchner. La sentencia aún no está firme, ya que el Estado argentino apeló y falta la resolución de la Cámara de Apelaciones de Nueva York.
El juicio de YPF en Nueva York
El proceso se inició en 2015, cuando Petersen, controlada por la familia Eskenazi y titular del 25% de las acciones de YPF, y Eton Park, que poseía apenas el 3%, vendieron el derecho a litigar a Buford Capital, que finalmente presentó la demanda en Nueva York contra el Estado y la petrolera.
La defensa argentina objetó desde el comienzo la jurisdicción del tribunal y solicitó la declaración de incompetencia de Preska. Por un lado sostuvo que el estatuto de YPF en ningún lado establece la resolución de sus conflictos en el extranjero y, por otro, que el asunto excede lo puramente comercial porque la expropiación fue un acto soberano. Además pidió aplicar la doctrina del “foro no conveniente”, que aconseja a un juez estadounidense abstenerse de tramitar una demanda cuando existen tribunales en otro país más idóneos, como ocurriría en este caso.
A pesar de esos argumentos, Preska decidió seguir con la causa. La jueza admitió que la expropiación constituía un acto soberano, pero prefirió ponderar el estatuto de YPF por sobre la ley y la Constitución argentina para justificar su intervención, una postura que choca con el derecho local.
Conviene recordar que ni Peterson ni Eton Park fueron expropiadas. La medida afectó al 51% de las acciones de YPF que estaban en manos de Repsol. El procedimiento cumplió con los requisitos constitucionales: fue autorizada por el Congreso a través de la Ley 26.932, se indemnizó a Repsol y se argumentó la utilidad pública.
No obstante, en una ampliación de su competencia, Preska consideró que Argentina infringió el estatuto de YPF al no ofrecer a Peterson y Eton Park la posibilidad de vender sus acciones. Cabe recordar que, para proteger la privatización, el menemismo incorporó una cláusula en el estatuto de la petrolera que establecía que si el Estado adquiría más del 49% del capital debía también ofrecerle al resto de los accionistas comprarles sus tenencias. Con ese argumento, y en función de que Peterson cotizaba en Wall Street, Preska entendió que correspondía a su tribunal resolver la controversia por considerarla de naturaleza comercial y condenó a Argentina a indemnizar a esas sociedades.
Ahora resta aguardar la resolución de la Cámara. En su apelación presentada en 2024, la defensa argentina reiteró los errores señalados en la actuación de Preska.
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