
La Sala II de la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos resolvió modificar la condena impuesta a Guillermo Ocampo, ex jefe de Investigaciones de la Policía de Concordia, y al empresario Claudio Barrios, tras revisar la sentencia dictada en primera instancia. El tribunal absolvió a ambos en dos de los diez hechos por los que habían sido condenados y dispuso una reducción en la modalidad de cumplimiento de la pena.
El fallo fue firmado por las juezas María Evangelina Bruzzo y María del Luján Giorgio, junto al vocal Darío Gustavo Perros, quienes analizaron los recursos presentados por las defensas y reconsideraron la valoración de la prueba en determinados tramos de la acusación.
Como consecuencia de la absolución en dos hechos, la Cámara entendió que correspondía modificar el régimen de ejecución de las penas. De este modo, la condena que originalmente había sido establecida como de prisión efectiva pasó a una modalidad condicional, habilitando a los condenados a cumplirla bajo reglas de conducta y sin alojamiento inmediato en una unidad penitenciaria.
La causa tuvo su origen en una investigación iniciada en 2021, que indagó presuntas maniobras irregulares en el accionar de Ocampo, quien habría utilizado su posición dentro de la fuerza policial para favorecer intereses privados vinculados a Barrios. Según la acusación original, esas conductas incluyeron el uso indebido de recursos policiales, protección de actividades privadas y presuntas interferencias en procedimientos y operativos.
En el juicio oral desarrollado en Concordia, el Tribunal de Juicio había considerado acreditada la responsabilidad penal de ambos acusados por diversos delitos vinculados con corrupción y abuso de funciones públicas, imponiendo penas de prisión efectiva. Ocampo recibió una condena mayor debido a su condición de funcionario policial, mientras que Barrios fue sentenciado a una pena menor acorde a su participación en los hechos.
Las defensas apelaron esa resolución y plantearon objeciones tanto sobre la calificación legal como sobre la acreditación de algunos hechos. La Sala II de Casación, al analizar los agravios, concluyó que en dos de las imputaciones no se reunía el grado de certeza necesario para sostener la condena, por lo que resolvió dictar la absolución en esos casos.
La decisión no implica la nulidad total del fallo de primera instancia, pero sí introduce cambios sustanciales en la situación judicial de Ocampo y Barrios, al reducir el alcance de la condena y modificar su ejecución. El pronunciamiento también deja abierta la posibilidad de nuevas instancias recursivas, en caso de que alguna de las partes decida continuar el trámite ante tribunales superiores.

