
El Gobierno nacional, a través de la Procuración del Tesoro, recusó al juez federal de Campana, Adrián González Charvay, en la causa en la que el magistrado admitió el trámite colectivo de un amparo contra un artículo del decreto mediante el cual el Poder Ejecutivo había dejado en suspenso la aplicación de la ley que declaró la emergencia en discapacidad.
Fuentes judiciales señalaron a La Nación que “La sentencia dictada el 5 de este mes ha incurrido en prejuzgamiento toda vez que se pronunció sobre aspectos que constituyen el fondo de la cuestión litigiosa como, por ejemplo, al sostener que el Decreto N° 681/25 suspendió la Ley N° 27.793 [la ley de emergencia en discapacidad] cuando, precisamente, la postura fundamental de esta parte –contrariamente a lo sostenido por la contraria– es que ello no es así. Dicha irregularidad motiva la recusación con causa”, plantea la presentación de la Procuración del Tesoro, que agrupa a los abogados del Estado.
En agosto pasado, González Charvay ya había declarado inválido el veto del presidente Javier Milei a la ley de emergencia en discapacidad. A comienzos de septiembre, el Senado insistió con la normativa: la insistencia contó con el respaldo de casi todo el arco opositor.
La ley, sancionada a inicios de julio y vetada por el Presidente, actualiza los aranceles de los prestadores y crea una Pensión No Contributiva por discapacidad equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio. Las pensiones por invalidez laboral vigentes se integran automáticamente a ese esquema, con acceso garantizado a un programa de atención médica. Además, la norma ordena la regularización de las deudas del sistema de salud con los prestadores.
Tras la votación en el Senado, el 22 de septiembre pasado el Poder Ejecutivo promulgó la ley, aunque aclaró que su aplicación quedará supeditada a la aprobación de las partidas correspondientes en el presupuesto nacional.
En los considerandos del decreto se advirtió que el impacto fiscal estimado de la norma asciende a $3,02 billones para el período 2025-2026, lo que representa 0,35% del Producto Bruto Interno, y que el Congreso no consignó las fuentes de financiamiento exigidas por la Ley de Administración Financiera y la Ley 24.629, que establecen normas complementarias del presupuesto.
El Decreto 681/2025 añade que la creación de la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social demandaría $2,16 billones en 2025, equivalentes al 0,26% del PBI, y $4,7 billones en 2026, un 0,47% del producto. Calcula además que el Programa Incluir Salud, que otorga cobertura médica a los beneficiarios de pensiones, implicaría $574.200 millones este año y $1,23 billones el próximo, mientras que la compensación económica a prestadores significaría otros $278.323 millones.
Según el expediente, luego de la publicación del decreto “O.G.J y D.R.N en representación de sus hijos menores de edad” se presentaron ante el Juzgado Federal de Campana e iniciaron una “acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional con el fin de que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad [sic] del artículo 2° del Decreto N° 681/2025″, publicado en el Boletín Oficial.
El 5 de este mes, el juez González Charvay rechazó el planteo del Ministerio de Salud de la Nación sobre la “falta de legitimación activa y de representación colectiva” y determinó los alcances del colectivo. Esa resolución motivó la recusación del gobierno nacional.




