Martes, 15 de julio de 2025   |   Concordia

Azcue reglamenta la actividad gremial en Concordia

El presidente municipal dio a conocer un decreto donde establece normativas para dirigentes sindicales, enfatizando el respeto por los derechos laborales. Las asambleas por sector deben hacerse fuera del horario de atención al público.
Azcue reglamenta la actividad gremial en Concordia

El  intendente de Concordia, Francisco Azcué, emitió el decreto 679/2025, fechado el 4 de julio de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 14 de julio, en el cuel se reglamenta la actividad de dirigentes y delegados gremiales de asociaciones sindicales vinculadas al personal de la Municipalidad. 

El texto plantea otorgar mayor agilidad a las actividades gremiales, respetando los derechos establecidos en la Ley 23.551. Las entidades sindicales deben informar a Recursos Humanos y Gobierno sobre la designación de empleados municipales en cargos dentro de diez días hábiles, "las que no serán reconocidas si así no se procediera, quedando liberado el Estado Municipal de las obligaciones emergentes de las mismas”, establece el documento.

El decreto distingue además entre empleados municipales y contratados que ocupen cargos gremiales, estableciendo sus derechos. Asimismo, se detalla cómo deben realizarse los actos gremiales, como elecciones y asambleas, diferenciando las actividades ordinarias de las extraordinarias. 

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Francisco Azcué.

En el caso de asambleas por sector, se exige comunicarlas por escrito al organismo correspondiente al menos 48 horas antes de su realización, debiendo realizarse fuera del horario laboral y dentro de los lugares de trabajo. 

Los delegados sindicales gozarán de hasta 20 horas mensuales no acumulables para sus funciones gremiales, debiendo solicitarlas al organismo donde prestan servicios. 

Además, aquellos designados en Comisiones Directivas de Asociaciones Sindicales tendrán derecho a licencia durante su mandato.

 

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