Jueves, 16 de octubre de 2025   |   Justicia

Anulan los sobreseimientos a 43 imputados por incendios en el Delta del Paraná en 2020

Anulan los sobreseimientos a 43 imputados por incendios en el Delta del Paraná en 2020

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná ordenó continuar la investigación contra más de cuarenta imputados en una causa que investiga la quema ilegal de pastizales en las islas del Delta del Paraná, con consecuencias para la flora, la fauna, la salud pública y la seguridad vial, además del humo que llegó a invadir la ciudad de Rosario (provincia de Santa Fe). El tribunal hizo lugar al recurso del fiscal Claudio Kishimoto y de la Municipalidad de Rosario, que habían apelado el sobreseimiento dictado en abril.

En una resolución firmada este jueves, la Cámara revocó el sobreseimiento dispuesto el 4 de abril de este año y ordenó seguir investigando a los imputados en un expediente que se inició en 2020 tras una denuncia de la Municipalidad de Rosario.

Los hechos denunciados son incendios ocurridos en las islas del Alto Delta del Paraná (departamentos Victoria y Diamante, provincia de Entre Ríos) en distintas fechas durante 2020, que generaron peligro común para los bienes y/o riesgo de muerte para las personas, entorpecieron el normal desenvolvimiento de los transportes y contaminaron la atmósfera y el ambiente en general mediante residuos peligrosos (humo).

Según registró ANÁLISIS, el fallo fue dictado en acuerdo integrado por los jueces Mateo José Busaniche (presidente), Beatriz Estela Aranguren (vicepresidenta) y la jueza subrogante Dra. Mariela Emilce Rojas.

El fallo completo

La decisión de la Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal Claudio R. Kishimoto, con adhesión de la querella de la Municipalidad de Rosario y la Asociación Civil “Cuenca del Río Paraná”, quienes habían cuestionado el sobreseimiento de Enzo Vignale, Esteban Morist, Raúl Morist y Rachinsky, Julián Luraschi, José Vincenti, Hebe Casanova, Vicente Casanova, José Risso, María Risso, Andrés Risso, Mateo Beltrán Risso, Agustina Risso, José Gabirondo, Rut Noemí Mass, Adolfo Mass, Mónica Mass, Alejandro Agustoni, Enzo Mariani, Vanesa Cuello, Diego Cuello, Diego Ramajo, Antonio Mastrizzi, Olga Valdez, Héctor Soria, Iván Juárez, Hipólito Maceratesi, José Maceratesi, Mario Dura, Miguel Dura, Laura Becherucci, Rufino Baggio, Alicia Lorenzo, Guillermo Cabruja, Horacio Parera, Gerardo Nothardt, Graciela Omedes, Amelia Barinotto, Marisa Giurgiovich, Mateo Alberto Risso, Mónica Franzoni, Diana Mass y Juan Paladini Concina.

El proceso penal investiga si los propietarios de distintos campos ubicados en el Alto Delta del Paraná participaron o no en los incendios registrados entre febrero y septiembre de 2020, que causaron daños ambientales, entorpecimiento del tránsito terrestre, fluvial y aéreo, y contaminación atmosférica. A lo largo de estos años, estas personas fueron imputadas por los delitos de incendio doloso o imprudente y contaminación ambiental, previstos en los artículos 186, 189 y 194 del Código Penal y el artículo 55 de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, en concurso ideal.

El fallo de la Cámara subraya que, pese a los numerosos informes incorporados —entre ellos los de la Gendarmería Nacional, la Asociación Civil “Cuenca del Río Paraná” y el Instituto de Salud Socioambiental de la Universidad Nacional de Rosario—, aún subsisten elementos de sospecha que impiden descartar la participación de los imputados.

En palabras del tribunal: “Si bien se trata de una causa compleja y que data del año 2020, es en el propio análisis que efectúa el Magistrado, donde se advierte su convicción acerca de la certeza de no poder reunir los elementos de prueba suficiente de sospecha sobre la responsabilidad de los imputados, más no la certeza negativa sobre tal participación. En este orden, si bien se han incorporado elementos con posterioridad a la intervención de esta Cámara y aun cuando el MPF -quien tiene a su cargo la investigación- ha sostenido concretamente que no hay medidas de prueba pendientes de producción, lo cierto es que existe un estado de incertidumbre que impide sostener que los aquí imputados no hayan realizado las maniobras endilgadas. (…) no existe en el caso grado de certeza negativa que permita una solución definitiva que impida el ejercicio de la acción penal en relación a los graves acontecimientos en estudio, por lo que la decisión no satisface el estándar requerido legalmente para cerrar definitivamente el proceso con relación a los imputados”.

Con ese criterio, la Cámara Federal revocó el sobreseimiento y ordenó que la causa continúe abierta.

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