
La justicia declaró inconstitucional un decreto que permitíafumigar a cien metros de las escuelas rurales de Entre Ríos, y que elgobernador provincial, Gustavo Bordet, había firmado luego de que otrasentencia prohibiera aplicar agroquímicos a menos de mil metros de esosestablecimientos. En un fallo de tono severo que concede el pedido de amparopresentado por el Foro Ecologista de Paraná, la Sala III de la Cámara Civil yComercial indicó que es preciso que el Estado realice “los estudios ambientalescorrespondientes para determinar hasta qué punto resulta plausible extenderesta práctica agrícola sin afectar la salud humana de las personas protegidas”por el fallo anterior, y advirtió que, al desconocer la decisión judicialanterior, el gobierno provincial incurre en “violación de la cosa juzgada”. Eljuez indicó que el Estado debería, tal vez, “comenzar a planificar un cambio decultura productiva, porque lo que constituye el método de producción de unsector social no puede ser la causa de perjuicio del resto de los ciudadanos”.
“El Estado lo que no puede hacer en este tema es hacer mallas cosas, o hacerlas a medias, o dar mensajes contradictorios, porque endefinitiva podrían acabar perjudicando no sólo a las personas que puedan verseafectadas en su salud, sino incluso a los productores agropecuarios que poresta misma situación terminan o sabiendo dónde están parados”, señaló laresolución del vocal Andrés Manuel Marfil. El fallo fue firmado y comunicado aúltima hora del jueves, y “el Gobierno tiene un solo día para apelar, por loque sería hoy, creemos que van a hacerlo”, señaló en diálogo con este diario laabogada Aldana Sasia, una de las representantes del Foro Ecologista de Paraná,que interpuso el pedido de amparo.
“No dudamos de que van a apelar porque en esta causa sepresentaron entidades con mucho poder, como la Sociedad Rural, la Bolsa deCereales, el Colegio de Ingenieros Agrónomos, entidades que tienen una miradasesgada y solamente piensan en el rinde económico de la producción, entoncespiensan que este amparo es contra ellos. Hay mucha presión por parte de lasentidades y el gobierno claramente representa a ese sector, por eso los invitóa participar en la causa y los animó a que se presenten”, añadió la abogada.
El juez Marfil indicó que, en la conciliación del derecho ala salud de niñas y niños y el personal de las escuelas rurales, y el de losproductores agropecuarios a llevar adelante sus tareas productivas, el Estadodebe procurar una solución que “no es sencilla” y “además los recursos suelenser insuficientes muchas veces para poder dar una respuesta pronta”. Losorígenes del conflicto, evaluó, “deben buscarse en prácticas productivas que enalgún momento -o tal vez siempre-dejaron de contar con el consenso social”.
El fallo restituye la situación a antes de que Bordetfirmara el decreto en enero de este año, por el cual se estableció que las”aplicaciones terrestres de fitosanitarios” podían realizarse a una distanciade cien metros de las escuelas, y las aplicaciones aéreas, a quinientos metros.Ese decreto fue firmado luego de que la Sala II en lo Civil y Comercial deParaná primero, y la Sala de Procedimientos Constitucionales y Amparos delSuperior Tribunal de Justicia provincial después, establecieran la prohibiciónde fumigar a menos de mil y tres mil metros, de manera terrestre y aérearespectivamente, de las escuelas rurales.
“La sentencia básicamente dice que hay cosa juzgada y que lajusticia ya había ordenado una situación en la que se reconocían derechosadquiridos, de las niñas y los niños, a que no se cause daño a su salud ni a suvida. El Estado, para modificar ese derecho adquirido que había sido reconocidopor cosa juzgada, debía demostrar que disminuyendo las distancias de fumigaciónno se causaría perjuicio a la salud, pero para ello debía contar con estudios”,detalló la abogada Sasia.
El fallo señala explícitamente, sin embargo, que el Estadomodifica las distancias mínimas para permitir la fumigación más cerca de lasescuelas pero no presentó información ni estudios que justificaran esadecisión. “Tal vez de este entuerto se pueda salir tomando el problema por partes,viendo de todas las escuelas cuáles son aquellas que se encuentranefectivamente en zonas agrícolas que recurren a la utilización de agroquímicos(…) o tal vez pase por comenzar a planificar un cambio de cultura productiva,porque lo que constituye el método de producción de un sector social no puedeser la causa de perjuicio del resto de los ciudadanos”, advirtió el fallo deMarfil.





